

Mediante Decreto Nacional Nº 487/2020 de fecha 18 de mayo de 2020, el Presidente de la Nación Argentina, en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa,, tarifaria, energética, social y sanitaria establece; (…)ARTICULO 2º.- Prorrógase la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 329/20. ARTÍCULO 3°.- Prorrógase la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de SESENTA (60) días, contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 329/20(…)
Dec. Nac 487/2020